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Personería radicó seis Proyectos de Acuerdo ante el Concejo Municipal, con temas relacionados a protección y efectividad de D.D.H.H.

(Pereira, 11 de octubre de 2018). La Personera de Pereira Sandra Lorena Cárdenas, en ejercicio sus funciones, especialmente la consagrada por el Artículo 178 numeral 11 de la Ley 136 de 1996, junto a los Personeros Delegados de la entidad, radicó ante el Concejo Municipal de Pereira, seis proyectos de Acuerdo, relativos a temáticas de Derechos Humanos en la ciudadanía Pereirana. 

 

Los proyectos radicados fueron: 

 

1. “Por medio del cual se establece el 11 de julio como el día del usuario y del volcal de control de los servicios públicos domicilarios en el municipio de Pereira”. Cuya finalidad es la de celebrar el Día Nacional del Usuario y del Vocal de Control de los Servicios Públicos Domiciliarios, promoviendo, apoyando y realizando diferentes actividades relacionadas con la participación de la comunidad, la capacitación de vocales de control y usuarios y demás actividades de vigilancia de la prestación de los servicios públicos domiciliarios, en el marco de la Constitución y la ley. Para ello se integrará a todas las instituciones y empresas y prestadores de servicios públicos domiciliarios, para que el 11 de julio de cada año, apoyen, promuevan y realicen actividades que estimulen la participación de la comunidad en la vigilancia de la prestación de los servicios públicos domiciliarios, para lo cual la Personerìa Municipal de Pereira, instalarà una mesa de coordinaciòn en la que se disponga lo necesario para las actividades propias de esta conmemoración. 

 

2. “Por medio del cual se promueve a Pereira como una ciudad libre de discriminación religiosa y se dictan otras disposiciones”. pretende promover a Pereira, como ciudad libre de discriminación religiosa, impulsando acciones de respeto y promoción por las libertad religiosa, de cultos y conciencia, y garantizar el derecho a la libertad religiosa y de cultos a todas las personas de la ciudad de Pereira. La Administración Municipal en compañía del Comité municipal de libertad religiosa, generará los mecanismos efectivos de socialización para dar a conocer las medidas correctivas y las multas por las conductas discriminatorias contenidas en Ley 1801 de 2016 - Código Nacional de Policía y Convivencia Ciudadana; así mismo difundirá el contenido de la Ley 1482 de 2011 modificada por la Ley 1752 de 2015, o aquella que la sustituya o modifique. La administración Municipal en compañía del Comité municipal de libertad religiosa diseñará una Campaña de promoción de la tolerancia y no discriminación por motivos religiosos. En toda entidad pública del sector central y descentralizado del Municipio de Pereira, se instalara un aviso con el siguiente texto:  

 

“En este lugar promovemos una ciudad libre de discriminación por motivos religiosos”. 

 

3. “Por el cual se establece la ruta de atención al migrante en el municipio de Pereira y se dictan otras disposiciones”. Entidades Participantes y sus actividades:   

 

La  Administración Municipal: promoverá y definirá las acciones necesarias para visibilizar y documentar la Ruta de Atención al Migrante. 

 

Migración Colombia – Pereira:  

Solicitud de Pasaporte 

Registro de Inmigración 

Doble Nacionalidad 

TMF Tarjeta de Movilidad Fronteriza 

Trámites ante el CFSM – Centros Facilitadores de Servicios Migratorios 

Trámites en Línea 

APP de Migración  

 

Instituto Colombiano de Bienestar Familiar ICBF - Pereira: Oferta institucional del ICBF con destino a la Ruta de Atención a familias migrantes (las asignaciones dependerán de los cupos existentes para los programas de niños, adolescentes y familias). 

 

Registraduría – Pereira: Realizar los registros civiles de los hijos nacidos en territorio Colombiano de padres migrantes y las acciones tendientes a generar documento de identidad a los migrantes que lo requieran, previo cumplimiento de los requisitos determinados por la ley. 

 

Personería Municipal de Pereira: Asesoría jurídica, acompañamiento y seguimiento a la Ruta de Atención al Migrante. 

 

Defensoría del Pueblo: Asesoría Jurídica por especialidad en temas como civil, familia, administrativo, laboral y penal. 

 

Secretaría de Salud: Deberá establecer atención a urgencias 24 horas y atención materno infantil, indicando el Hospital al cual podrán acceder los migrantes, así como la ruta de atención en salud a migrantes. 

 

Secretaría de Educación: Deberá informar la cobertura educativa que se podrá brindar en educación tradicional o educación flexible; de conformidad con lo establecido en la Constitución Política de Colombia, artículo 4, inciso 2; así como las circulares N° 45 de septiembre de 2015, N°07 del 1 de febrero de 2016 y circular conjunta MEN Migración Colombia N° 01 del 27 de abril de 2017, las cuales brindan las orientaciones a seguir para garantizar el acceso al sistema educativo a todos los niños, niñas y adolescentes, en edad escolar, provenientes de la República de Venezuela, de acuerdo a su condición de vulnerabilidad. 

 

Secretaría de Desarrollo Social: Brindar a través de la oferta institucional activa inclusión social, etc. 

 

SENA Agencia Pública de Empleo: Establecer mecanismos de asesoría, orientación ocupacional y acceso laboral al migrante con el objetivo de eliminar la explotación laboral.  

  

La Administración Municipal, en articulación con la Personería de Pereira, generará un documento de fácil entendimiento y didáctico, mediante el cual se conozcan los servicios que ofrecen las entidades indicadas en el artículo 3., donde se indiquen: Los servicios que brindan, las direcciones de cada entidad, los horarios de atención, los documentos que requieren para los trámites que se ofertan, teniendo presente la Ley 962 de 2005, los números de líneas telefónicas, páginas web, apps y ruta de atención en salud.  

 

Artículo 5. Aviso: Toda entidad municipal, deberá hacer extensiva la Ruta de Atención al Migrante seguido de la identificación del presente Acuerdo 

 

4. “Por el cual se fijan los lineamientos para la atención, protección y reestablecimiento de derechos de miembros de las comunidades indígenas en situación de calle y mendicidad en la ciudad de Pereira”. Articulación interinstitucional. Dentro de los seis meses siguientes a la vigencia del presente acuerdo, el municipio de Pereira en coordinación de la personería municipal quien realizará la secretaria técnica, conformará la mesa interinstitucional para la formulación, implementación y seguimiento de la ruta de atención a la población indígena en situación de calle y/o mendicidad con base en el presente acuerdo, a la que deberán concurrir en marco de sus competencias las secretarías de: gobierno, salud, desarrollo social, un representante por los comisarios de familia y el delegado de la policía nacional en la jurisdicción, la cual deberá reunirse como mínimo en forma bimensual, a esta deberán concurrir los representantes de programas del municipio que guarden relación directa con la implementación de la ruta como, adulto mayor, niños niñas y adolescentes, equidad de género, habitante de calle y sub programa de población indígena. Parágrafo: a criterio de la mesa se extenderá la participación a las autoridades indígenas, ICBF defensoría del pueblo, organizaciones de DDHH y a la academia. 

 

La mesa técnica formulará los criterios y rutas de atención diferencial que permitan articular las acciones Inter sectoriales de las entidades del orden local, regional y nacional, para la protección y garantía de los derechos humanos de la población indígena en situación de calle o riesgo de calle y/o mendicidad en la ciudad de Pereira. 

 

5. “Por el cual se dictan disposiciones tendientes a garantizar el acceso a la justicia a las mujeres, materializar la cultura institucional con enfoque de género, brindar mecanismos de protección y erradicar las formas de discriminación en el municipio de Pereira”. Promover escenarios de formación, discusión y promoción de los derechos de las niñas, adolescentes y mujeres sobre la vida libre de violencias, mecanismos de protección y fomento de la denuncia, entre otros. Para ello se dispone de los siguientes elementos:  

 

Coordinar entre la Escuela Superior de Administración Pública, la Personería Municipal de Pereira y las organizaciones sociales dedicadas a la equidad de género, la escuela de formación de equidad de género y rechazo a la discriminación orientado a las organizaciones sociales y a las y los servidores públicos con competencias en prevención, atención, investigación y sanción de las violencias contra las mujeres en aras de brindar herramientas técnicas, conceptuales y metodológicas desde el enfoque de derechos de las mujeres, de género y diferencial. 

 

Fomentar la cultura de cero tolerancia a las violencias contra las mujeres y discriminación buscando avanzar en la prevención, investigación, sanción y erradicación de las violencias contra las mujeres y formas de discriminación en cabeza de la Comisaría de familia y la Fiscalía General de la Nación- Seccional Risaralda.  

 

La Personería de Pereira impulsará el diseño de una estrategia de comunicación efectiva que promueva cambios culturales para la erradicación de todo tipo de discriminación y violencias contra la mujer en cabeza del Comité interinstitucional de prevención para la discriminación y la violencia contra la mujer en el municipio de Pereira.  

 

El comité interinstitucional de prevención para la discriminación y la violencia contra la mujer en el municipio de Pereira diseñará una estrategia comunicativa para divulgar la ruta de atención a la mujer en la que se garanticen los tres pilares (protección, justicia, salud) dando a conocer los pormenores, como radicar correctamente una denuncia, proceso de valoración en medicina legal, entre otras. Componente del acceso a la justicia con enfoque de género. 

 

Promover, brindar y desarrollar las intervenciones jurídicas en los niveles de orientación, asesoría y asistencia técnica y representación legal, con enfoque de derechos de las mujeres, de género y diferencial en aras del restablecimiento de derechos. Para ello se dispone de los siguientes elementos: 

-El comité interinstitucional de prevención para la discriminación y la violencia contra la mujer en el municipio de Pereira deberá Identificar, documentar y eliminar las barreras de acceso a la justicia que enfrentan las mujeres, con apoyo del Observatorio en Derechos Humanos, “ Carlos Gaviria Díaz”, que promueve y lidera la Personería Municipal de Pereira.  

 

-El comité interinstitucional de prevención para la discriminación y la violencia contra la mujer en el municipio de Pereira estimulará la denuncia de las violencias y discriminación contra las mujeres.  

 

-Impulsar para que la Defensoría del Pueblo intervenga en los procesos administrativos y judiciales con enfoque de derechos de las mujeres, género y diferencial. 

 

-Coordinar con la Defensoría del Pueblo y la Personería Municipal de Pereira, la orientación jurídica gratuita, la asistencia técnico legal y de representación legal en la defensa de las mujeres víctimas de violencias.  

 

-Unificar el sistema de recolección de información de las víctimas de violencia o de discriminación permitiendo la documentación de los casos de violencia estadísticamente para la respectiva divulgación y posterior toma de decisiones político administrativas.  

 

-Definir un enlace institucional en cabeza de cargos no de personas para facilitar los canales de comunicación.  

 

-Promover la inclusión del enfoque de derechos con perspectivo de género en los diferentes procesos administrativos y normativos que se adelanten en el municipio. 

 

-Propiciar la implementación de las acciones afirmativas.  

 

Componente de mecanismos de protección. 

Materializar redes de apoyo a las mujeres para psicoterapia grupal, con la articulación de las organizaciones sociales, la Fiscalía General de la Nación, las Comisarías de Familia y la Personería Municipal de Pereira.  

 

Componente de erradicación de formas de discriminación. 

Promover que Pereira sea una ciudad libre de violencias de género y libres de discriminación, impulsando acciones de respecto y promoción por la igualdad mediante campañas de comunicación y estableciendo una ruta de atención a nivel institucional.  

 

Impulso  

La Personería de Pereira impulsará el desarrollo de las disposiciones tendientes a promover el acceso real y efectivo a la administración de justicia y restablecimiento de derechos de las mujeres en el municipio de Pereira.   

 

En aras materializar los anteriores componentes generar interacción y canal de comunicación con las organizaciones sociales para establecer contenido programático de la escuela de formación, entre otros. 

 

6. “Por medio del cual se establece la ruta para la atención integral en consumo de sustancias psicoactivas - SPA, en el municipio de Pereira (instituciones educativas)”. La ruta de detección, atención, y canalización de casos de consumo de sustancias psicoactivas es la siguiente: ∙ Identificación de casos de SPA ∙ Notificar a Sistemas de Información (Instituciones Educativas, ICBF, Comisaría de Familia, IPS, E.S.E y Centros de Salud, Comunidad). ∙ Referenciar por consulta externa de Medicina General. ∙ (IPS’s Públicas y Privadas, E.S.E Salud Pereira) ∙ Atención. Protocolos de atención. Cada entidad deberá contar con un protocolo establecido de atención en los casos de casos de SPA, por un lado el I.C.B.F hace la apertura de procesos administrativos de derechos, vinculan a los padres de familia a fin de verificar la garantía de los derechos (educación, salud, vivienda, estado emocional y afectivo) entre otros; la red de salud pública deberá enfocarse en la promoción, prevención y diagnóstico a la salud, y brindar acciones y servicios de atención ambulatoria especializado y de hospitalización a pacientes referidos por estos casos. Es así, como estas atenciones se categorizan en atención integral ambulatoria en cuatro especialidades: medicina interna, ginecología, cirugía general, pediatría, anestesiología. Finalmente las instituciones educativas, direccionan su accionar a la secretaria de salud mediante la remisión del caso a través de la ficha VESPA y desde la intervención a padres de familia según la ley 1404 de 2010 fundamentada en escuelas dirigidas a padres de familia.  

Apoyo interinstitucional: La Personería de Pereira será garante para lograr la adecuada articulación entre las instituciones como colegios, I.C.B.F, comisarías de familia, IPS o centros de salud; con el fin de identificar los casos puntuales de presuntos consumidores de sustancias psicoactivas y remitir a medicina general, e igualmente para puntualizar que cada dependencia ejerza su labor desde el respectivo lineamiento técnico, velando porque cada institución de acuerdo con modalidades de atención, preste el apoyo respectivo dependiendo de la trayectoria del problema de consumo., contando con el acompañamiento de las redes de apoyo, frente a cada procedimiento o cada servicio que ofrece cada institución.


Fecha: 12 de Octubre de 2018
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