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Lea acá como hacer parte del Comité Permanente de Estratificación Socioeconómica del Municipio de Pereira

La Personería de Pereira convoca a la comunidad no organizada y a las organizaciones comunitarias, cívicas, académicas y sociales del Municipio de Pereira para que hagan parte del Comité de Estratificación Socioeconómica en representación de la comunidad, de acuerdo a los criterios de selección establecidos en el modelo de reglamento del Comité de Estratificación Socioeconómica expedido por el Departamento Nacional de Planeación. 

 

Los representantes de la comunidad ejercerán sus funciones por un período de dos (2) años, desde el 1° de julio de 2018 al 30 de junio de 2020, sin la posibilidad de poder conformarlo en los dos (2) períodos siguientes de conformidad con lo establecido en el artículo 7º del Modelo de Reglamento del Comité Permanente de Estratificación Socioeconómica. 

 

Parágrafo Segundo: En cumplimiento de lo establecido en el artículo 7º del Modelo de Reglamento del Comité Permanente de Estratificación Socioeconómica, se seleccionará dentro de los representantes de la comunidad al menos uno que pertenezca a la comunidad rural (centros poblados o de fincas y viviendas dispersas) de conformidad  con los criterios señalados en la citada normatividad. 


Los siguientes son los requisitos para pertenecer al Comité de Estratificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 10º del Modelo de Reglamento del Comité Permanente de Estratificación socioeconómica: 

1. Ser mayor de edad 

2. Ser residente permanente del municipio de Pereira 

3. Tener como mínimo último grado de educación primaria.  

4. Ser usuario de al menos un servicio público domiciliario prestado por una empresa que opere en el municipio de Pereira. 

 

De conformidad con lo establecido en el artículo 11 del Modelo de Reglamento del Comité Permanente de Estratificación Socioeconómica, estarán inhabilitados para pertenecer al mismo: 

 

1. Quienes sean funcionarios o empleados de alguna empresa de servicios públicos que opere en Pereira o tengan parentesco con alguno de ellos dentro del 4° grado de consanguinidad, 2° de afinidad o 1° civil (Decreto 128 de 1976 art 8°). 

2. Quienes tengan deudas morosas de más de noventa (90) días con cualquier empresa de servicios públicos que preste servicios en Pereira. 

3. Quienes sean servidores públicos. 

4. Quienes estén participando en campañas para cargos de elección popular. 

5. Quienes estén inhabilitados para ejercer cargos públicos. 

 

Lea acá la Resolución  No. 65 de 09 de abril de 2018   “Por la cual se convoca a las personas interesadas en formar parte del Comité Permanente de Estratificación Socioeconómica del Municipio de Pereira, para el período del 2018 – 2020, en  representación de la comunidad”.





 


Fecha: 12 de Abril de 2018
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