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Personera de Pereira manifiesta su preocupación por indiferencia en casos de violencia de género

( Pereira, 30 de octubre de 2018 ). La Personería de Pereira, como instancia encargada de velar por la protección y promoción de los Derechos Humanos en la ciudad de Pereira, expresa su preocupación e indignación ante la presunta indiferencia e indolencia con las mujeres víctimas de violencia de género en lo que va transcurrido de las últimas dos semanas. 

 

Esta situación se presenta teniendo en cuenta varios casos que han sucedido en la ciudad, donde las víctimas fueron sometidas a hacer recorridos por varias entidades sin que les recibieran la denuncia, para proceder a ser valoradas por Medicina Legal, esto ocasionó que no se lograra continuar con el respectivo proceso penal que permitiera si es procedente la imposición de la sanción penal correspondiente.  

 

Hemos tenido conocimiento de varios casos, en uno de ellos la mujer víctima fue sometida a tantas diligencias y desinformación que sólo después de dos semanas pudo radicar su denuncia y para ese momento ya el caso fue tipificado como lesiones personales y no como violencia intrafamiliar ”, según lo dio a conocer la Personera de Pereira, Sandra Lorena Cárdenas. 

 

En este comunicado brevemente queremos recordar los derechos de las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar, así :  

 

1- Derecho a la información : Las mujeres víctimas, pueden acudir donde autoridades como: Policía Nacional, Defensoría del Pueblo, Inspecciones de Policía – Comisarías de Familia, Fiscalía General de la Nación, Personería Municipal, con el fin de recibir asesoría, acompañamiento y apoyo para realizar su denuncia y la valoración médica procedente. 

 

2- Denunciar : Los hechos de violencias son investigados y el agresor será juzgado y sancionado penalmente, cuando concurran las pruebas que demuestren la ocurrencia del hecho. Los hechos de violencia de género, pueden denunciarse, ya sea directamente o mediante denuncia realizada por cualquier persona o por la víctima. No existe conciliación y si se formula una denuncia no hay posibilidad de retirarla. Usted puede acudir a cualquiera de las siguientes entidades: 

 

Fiscalía General de la Nación, Policía Nacional o Policía Judicial – SIJIN, Estaciones de Policía, Comando de Atención Inmediata – CAI, Comisarías de Familia. 

 

3- Puede solicitar a la autoridad competente que ordene medidas específicas e inmediatas para poner fin a las violencias, proteger la vida e integridad personal, asistir a sus hijos e hijas y evitar que los hechos violentos se repitan. Igualmente, tiene derecho a acceder a mecanismos de protección para la víctima, sus hijos e hijas y las autoridades respectivas tienen la obligación de otorgarlas de acuerdo con la situación particular. Para éste fin puede acudir a la Comisaría De Familia . Cuando los hechos sean conocidos por la Fiscalía y se trate de formas de violencias que ocurran en espacios distintos al familiar, las medidas podrán ser solicitadas por esta entidad o por la mujer víctima ante un juez de control de garantías. 

 

4- Atención prioritaria en salud: Las I.P.S., debe brindar atención prioritaria e idónea para restablecer los derechos de las víctimas en los aspectos clínicos, sicológicos y las remisiones para valoraciones por parte del Instituto de Medicina Legal y Ciencias Forenses. 

 

Cuando acuda a cualquiera de estas entidades y en todo tipo de procedimientos (administrativo, judicial y de salud), recuerde que usted tiene derecho a: 

 

  • Una atención integral, oportuna, especializada y de calidad. 

  • Un trato humano, respetuoso y digno. 

  • Decidir voluntariamente si quiere ser confrontada con el agresor. Esto incluye el derecho a manifestar la intención de no conciliar y la posibilidad de solicitar que no se exija su participación en ningún procedimiento o diligencia ante cualquiera de las entidades en las cuales esté presente el agresor. 

  • La reserva de la intimidad y de los datos personales y los de sus familiares. 

  • Expresar todas las opiniones, necesidades y temores. 

  • Que le comuniquen todas las decisiones que puedan afectar sus derechos. 

  • Ser asistida gratuitamente por un traductor, traductora o intérprete en caso de no conocer el idioma o tener alguna dificultad para percibir el lenguaje. 

  • Dar consentimiento informado para los exámenes médicos legales y escoger el sexo del médico para la práctica de pruebas. 

  • Obtener información frente a los derechos sexuales y reproductivos, incluida la interrupción voluntaria del embarazo -IVE- (en las tres circunstancias definidas por la Corte Constitucional en la Sentencia C–355 de 2006), el examen y tratamiento para la prevención de enfermedades de transmisión sexual -incluido el VIH/SIDA- y suministro de la anticoncepción de emergencia. 

  • Ser informada sobre la posibilidad de acceder a indemnización por los perjuicios ocasionados. 

 

Para finalizar la Personería de Pereira, comunica que radicará las respectivas denuncias con relación a las autoridades adscritas a las entidades que presuntamente no atendieron en forma oportuna a las víctimas de violencia intrafamiliar y reitera su compromiso irrestricto 24 horas para acompañar este tipo de situaciones.


Fecha: 31 de Octubre de 2018
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